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LAS SAS COMO INSTRUMENTO DE PLANEACIÓN PATRIMONIAL

Si tienes varios bienes, hijos y estás pensando en cómo planificar la continuidad de tu empresa y tu legado financiero, es importante conocer un vehículo de inversión y planeación patrimonial: la sociedad por acciones simplificada.

¿Por qué es Importante Planificar?
La vida es impredecible, especialmente cuando se trata de proteger tu patrimonio y asegurar el futuro de tus hijos.

Sociedad por Acciones Simplificada

Esta es una herramienta poderosa
la sociedad por acciones simplificada es una forma de invertir y planificar tu patrimonio que te da un montón de ventajas, como:

  1. Decidir Cuánto Arriesgar:
Puedes decidir exactamente cuánto de tu dinero quieres poner en una actividad empresarial determinada. Así que sí se está pensando en diversificar, esta es una excelente manera de hacerlo sin arriesgar todo el patrimonio.
  2. Administrar el Riesgo Empresarial:
La valioso de este modelo es que te permite «compartir» tus inversiones. Imagine que cada inversión es como una habitación separada en una casa: si algo sale mal en una habitación, las demás se mantienen seguras.
  3. Planificación de Continuidad y Sucesión:
Si se tienen hijos y se quiere que el negocio y el patrimonio perduren, se puede planificar quiénes tomarán las riendas y cómo.
  4. Emprender Nuevas Actividades:
¿Tiene una idea brillante para un nuevo negocio pero le preocupa mezclarlo con sus inversiones actuales? No hay problema. Puede emprender nuevas actividades sin alterar el giro ordinario de sus inversiones existentes.

La Formalización Jurídica de una SAS

Es imprescindible entender que la constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada se realiza mediante un documento privado debidamente autenticado. Este paso es preludio a la inscripción en el Registro Mercantil, evento que confiere a la sociedad su personería jurídica.

Casos Especiales: Si la estructura patrimonial de su SAS implica el aporte en especie de bienes que requieren de escritura pública para su enajenación o afectación —como podría ser el caso de inmuebles, aeronaves, o artefactos navales— se deberá proceder con la emisión de dicha escritura pública previa a la inscripción en el Registro Mercantil.

Una vez cumplidos estos requisitos, no debe olvidarse de la necesaria inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Además, en casos donde los activos involucrados requieran de registros adicionales, como la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, el Registro Aeronáutico Nacional, o la Dirección General Marítima, se deberá proceder acorde a la normativa vigente correspondiente a cada tipo de bien.

La constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada es un proceso que, aunque riguroso, ofrece amplias ventajas para la planificación patrimonial y empresarial.

Definiendo la Planeación Patrimonial

Existen múltiples interpretaciones de lo que significa «planeación patrimonial». Para este análisis, se tomara como base la perspectiva que considera la planeación patrimonial como el acto de organizar y gestionar los bienes de una persona o familia. En un contexto legal más específico, el objetivo es determinar con qué estructura jurídica se mantendrán estos bienes para mitigar riesgos y asegurar una transición eficiente a futuras generaciones.

Importancia en Sociedades Familiares
Las sociedades familiares, en particular, buscan preservar y acrecentar los activos familiares bajo el liderazgo de sus fundadores, mientras preparan el terreno para una transición generacional sin mayores sobresaltos.

Ventajas de usar una SAS en la Planeación Patrimonial

Las SAS ofrecen una flexibilidad que las convierte en un instrumento idóneo para:
1. Centralización y Sinergia: Permiten unificar la gestión de los distintos activos productivos de la familia bajo un órgano social que sigue reglas de gobierno corporativo.
2. Administración de Riesgos: Facilitan el manejo de los riesgos asociados a la explotación económica de los activos familiares.
3. Preservación de la Estructura de Propiedad: Ayudan a mantener la propiedad accionaria dentro del núcleo familiar, mientras proveen mecanismos que permiten la transición generacional.
4. Optimización Financiera y Fiscal: Contribuyen a la continuidad de los negocios de la familia de manera fiscalmente eficiente.
5. Claridad Organizativa: Facilitan la implantación de un organigrama claro, con procedimientos de meritocracia para la inclusión de miembros familiares en la administración.
6. Control Generacional: Ofrecen un mecanismo para controlar la estructura social mientras se prepara la transición generacional.

Las Sociedades por Acciones Simplificadas se manifiestan como una herramienta potente para la planeación patrimonial, especialmente en el contexto de sociedades familiares. Brindan una estructura flexible pero robusta que se ajusta a múltiples necesidades y objetivos.

Planeación patrimonial: Ejercicio prático

En el ejercicio académico presentado, los padres buscan transferir su patrimonio de manera gradual a sus hijos sin perder el control sobre los activos familiares. Optan por la estructura de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) con dos tipos de acciones: tipo A y tipo B.

  • Acciones Tipo A: Control y Decisión

Las acciones tipo A otorgan a los padres voto múltiple y mayor participación en la toma de decisiones y en las utilidades. Estas acciones son personalísimas y vitalicias, desapareciendo su naturaleza privilegiada al faltar los titulares. De esta manera, los padres se aseguran de mantener el control efectivo sobre la gestión y la toma de decisiones mientras estén en vida, sin que esto afecte la transferencia gradual del patrimonio a sus hijos.

  • Acciones Tipo B: Participación sin Prerrogativas

Por otro lado, las acciones tipo B otorgan una particiación en el capital suscrito y pagado, pero sin prerrogativas o privilegios. Estas acciones están diseñadas para ser distribuidas entre los hijos, garantizando su participación en el patrimonio familiar pero subordinando sus derechos a las prerrogativas de las acciones tipo A.

Distribución del capital y control familiar

Al constituir la SAS, los padres adquieren una acción tipo A cada uno, manteniendo el control total de la sociedad. Además, podrían suscribir acciones tipo B, distribuyéndolas entre sus hijos de acuerdo con su plan de sucesión patrimonial. Esta estructura de capital les permite realizar una transferencia gradual de la riqueza familiar sin sacrificar el control sobre sus activos y sin propiciar controversias entre los herederos. Implicaciones Prácticas:

  1. Control Efectivo: La estructura garantiza que los padres mantengan un control efectivo y una voz predominante en la empresa.
  2. Transferencia Ordenada: La diferenciación entre acciones tipo A y tipo B facilita una transferencia patrimonial ordenada y predecible.
  3. Previsión de Controversias: Al estar establecido en los estatutos que las acciones tipo B están subordinadas a las tipo A, se minimiza el riesgo de conflictos familiares por cuestiones de gobernabilidad o reparto de utilidades.
  4. Flexibilidad en la Planificación: La estructura permite a los padres ir ajustando la composición del capital social conforme cambian sus necesidades y las de la familia.

Este ejemplo demuestra cómo la utilización de una SAS en un contexto de planeación patrimonial puede ofrecer una solución flexible y eficaz para gestionar la transición de activos a las futuras generaciones, manteniendo a su vez el control y la armonía dentro de la estructura familiar.

Estipulaciones Estatutarias en la planeación patrimonial

El añadir estas estipulaciones adicionales en los estatutos y acuerdos de la SAS es una práctica muy útil para mantener la cohesión y el orden dentro de una empresa familiar. Estas cláusulas adicionales son fundamentales para precisar aspectos que van más allá del simple control y propiedad de la sociedad.

  1. Vínculo de Consanguinidad: Esto asegura que la propiedad de la empresa se mantenga dentro de la familia, evitando la influencia externa.
  2. Causales de Exclusión: Establece motivos claros por los cuales un accionista podría ser excluido, mitigando potenciales conflictos legales o familiares.
  3. Listas Vinculantes o Condenas Judiciales: Define el procedimiento en casos donde un accionista cae en desgracia legal, minimizando el riesgo reputacional para la empresa.
  4. Derecho de Suscripción Preferencial: Esto permite que los accionistas existentes tengan la oportunidad de mantener su porcentaje de propiedad ante la emisión de nuevas acciones.
  5. Enajenación Preferencial de Acciones: Da un camino para que las acciones sean vendidas de vuelta a la empresa o a otros accionistas antes de ser vendidas externamente.
  6. Reserva para Readquisición de Acciones: Asegura la liquidez necesaria para la recompra de acciones en caso de exclusión de un accionista, asegurando la estabilidad financiera de la empresa.
  7. Valoración de Acciones: Detalla cómo se determinará el valor de las acciones en varios escenarios, lo cual es crucial para cualquier transacción financiera.
  8. Obligaciones y Restricciones: Define las responsabilidades y límites de los accionistas, lo que podría incluir mantener una buena calificación crediticia, no trabajar con competidores, etc.
  9. Estructura Organizativa: Esto puede ayudar a mantener una cultura corporativa alineada con los valores y objetivos familiares.

Acuerdos de accionistas

Este acuerdo complementa los estatutos de la empresa, ofreciendo directrices más detalladas sobre el gobierno corporativo, la resolución de conflictos, y otros aspectos clave de la administración. Cualquier futuro accionista deberá adherirse a este acuerdo, lo que garantiza que todos los involucrados estén alineados con la visión y la misión de la empresa.

En resumen, estas estipulaciones y acuerdos son instrumentos esenciales para cualquier familia que busque preservar y transmitir su patrimonio de manera efectiva y armoniosa. Definen claramente los mecanismos de control, la toma de decisiones y las expectativas para los miembros actuales y futuros, asegurando que la empresa pueda adaptarse y prosperar a lo largo del tiempo.

Capitalización con prima en la colocación de acciones

Según la doctrina de la Superintendencia de Sociedades, esta ha dado algunas directrices, especialmente en su oficio 220-039068 del 13 de marzo de 2018. Según este oficio, la capitalización con prima en la colocación de acciones debe realizarse después de que la empresa esté ya constituida.

Ahora bien, no todos están de acuerdo con este enfoque. Algunos expertos creen que la prima de emisión podría surgir en el momento de la constitución. Sin embargo, si quieres jugar seguro y seguir las pautas oficiales, la recomendación es hacerlo después.

La capitalización adecuada de tu empresa es crucial. No solo fortalece la estructura financiera, sino que también podría impactar positivamente en las proyecciones futuras de tu empresa.

Entrada de los Hijos a las SAS

Después de que los padres han capitalizado la SAS, llega el momento para que los hijos entren en la escena empresarial. Pueden hacerlo suscribiendo acciones sin prima en la colocación de acciones. De esta manera, pueden adquirir una participación mayoritaria del capital suscrito y pagado.

Ahora bien, aquí viene un detalle crucial. Este tipo de capitalización permite que los hijos sean accionistas en una empresa que ya tiene una cuenta de superávit de capital o ‘prima en la colocación de aportes’. Esta prima es de propiedad de la SAS y no de los accionistas individuales. Esto es especialmente importante para entender las implicaciones fiscales, ya que este superávit está sujeto a las mismas reglas tributarias que el capital.

De hecho, la Ley 1607 de 2012, que modificó el artículo 36 del Estatuto Tributario, lo dice claramente: la prima en la colocación de acciones no genera ingreso tributario ni da lugar a costo fiscal de las acciones emitidas.

Consideraciones sobre Donaciones

Un tema que a menudo surge en este contexto es el de donar acciones a los herederos. La donación de acciones, siendo una transacción gratuita, presenta una serie de consideraciones, tanto fiscales como legales. En términos generales, tales acciones donadas no formarían parte de la sociedad conyugal de los miembros de la familia que se convierten en accionistas.

Si tienes varios bienes, hijos y estás pensando en cómo planificar la continuidad de tu empresa y tu legado financiero, te invitamos a conocer las ventajas de la sociedad por acciones simplificada SAS en tu planeación patrimonial.

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