La simulación de los contratos como estrategias de planificación patrimonial

Sentencia SC455-2023 Corte Suprema de Justicia

26 de Marzo 2024

simulación de los contratos

La Simulación de los contratos como estrategias de planificación patrimonial: Una Visión Profunda, análisis a la Sentencia SC455-2023 Corte Suprema de Justicia

En el ámbito jurídico, la simulación de los contratos constituye un fenómeno de singular importancia y complejidad, especialmente en lo que respecta a la celebración y efectos de los contratos. Su estudio y comprensión son cruciales no solo para los profesionales del derecho sino también para aquellas familias que, en su quehacer cotidiano, pueden verse enfrentados a situaciones donde la simulación juegue un papel determinante en el patrimonio familiar. A través de este artículo, exploraremos las tres formas de simulación relativa reconocidas por la doctrina y la jurisprudencia, buscando arrojar luz sobre sus características, implicancias y los desafíos que plantean, basándonos en la reciente sobre la simulación de los contratos sentencia SC455-2023.

I) Simulación de los contratos según su naturaleza

La primera forma de simulación relativa que nos encontramos es aquella que afecta la naturaleza misma del contrato. Este tipo de simulación se caracteriza por la existencia de dos actos jurídicos distintos: uno público y otro secreto, cada uno con contenido positivo. Un ejemplo clásico de esta modalidad es la operación de compraventa que, en realidad, encubre una donación. Aquí, lo que se disimula no es otro aspecto que la naturaleza jurídica del contrato, modificando la percepción de los derechos y obligaciones que de él emanan. Esta forma de simulación plantea retos significativos, tanto para la determinación de la verdadera intención de las partes como para la aplicación de las normas fiscales correspondientes.

II) Simulación del Contenido del Contrato

En la segunda variante encontramos la simulación relativa al contenido del contrato. Esta se produce cuando el acto jurídico presentado ante terceros (el acto simulado) y el acto realmente acordado por las partes (el acto secreto) son de la misma naturaleza, pero difieren en aspectos sustanciales como el precio o las condiciones de la operación. Las cláusulas pueden incluir estipulaciones no sinceras, o incluso fechas que no corresponden a la realidad (antedatadas o posdatadas).

Este tipo de simulación suele tener por objeto eludir obligaciones fiscales, ocultar el verdadero valor de los bienes o, en algunos casos, proteger patrimonios. Por ejemplo cuando las partes de un contrato de compraventa acuerdan un precio inferior al valor comercial real del bien objeto de la transacción, están, de hecho, distorsionando la verdadera naturaleza económica del acuerdo.

Una de las consecuencias más relevantes de este tipo de prácticas es la posibilidad de incurrir en la denominada «lesión enorme». Esta figura legal se configura cuando se vende un bien por un precio considerablemente inferior a su valor real, específicamente, cuando el precio acordado es menos del 50% del valor comercial del bien. La lesión enorme no solo evidencia la inequidad del trato para una de las partes, sino que también habilita a la parte perjudicada a solicitar la simulación del contrato o una compensación adecuada para equilibrar la transacción a valores más justos y realistas.

III) Simulación por Interposición de Personas

La tercera y última forma de simulación relativa que se aborda es la interposición de personas, también conocida como simulación relativa subjetiva. Se da cuando los derechos o bienes son transferidos a individuos que aparentan ser los verdaderos beneficiarios del acto jurídico, sin serlo. En realidad, el verdadero sujeto de derecho es otra persona que no figura oficialmente en el contrato. Este tipo de simulación es especialmente relevante en los casos de fraude, evasión fiscal, y en estrategias de planificación patrimonial y empresarial, donde se busca ocultar la identidad del verdadero dueño de los bienes o derechos.

Dentro del panorama de la simulación por interposición de personas, un escenario comúnmente observado involucra a los núcleos familiares, en particular a aquellos pater-familias que buscan optimizar la gestión de su patrimonio desde un punto de vista tributario.

Ejemplo Simulación por Interposición de Personas

Un ejemplo ilustrativo de esta práctica podría ser el de unos padres con cinco hijos, quienes deciden distribuir su patrimonio entre estos últimos, asignando bienes a nombre de cada uno de ellos. Este arreglo se realiza a pesar de que los hijos, en ese momento, no posean la capacidad económica para justificar la adquisición de tales bienes.

En estos casos, aunque son los padres quienes efectivamente adquieren la propiedad, optan por registrarla a nombre de sus hijos. La finalidad de este acto simulado no es otra que la atomización del patrimonio familiar. A través de esta estrategia, se busca no solo una distribución más equitativa de los bienes sino también la obtención de eficiencias tributarias significativas. Al distribuir el patrimonio de esta manera, se pueden reducir las cargas fiscales que recaerían sobre uno único gran patrimonio y eventual herencia, aprovechando potencialmente menores tasas impositivas o exenciones disponibles para transmisiones de menor valor.

Riesgos de este tipo se simulación de los contratos

Este enfoque, aunque ingenioso desde el punto de vista de la planificación patrimonial, no está exento de riesgos legales y fiscales. Es imperativo que las familias que consideren adoptar esta estrategia consulten con profesionales en derecho tributario y sucesorio. Esto garantizará que la estructuración del patrimonio familiar se realice dentro del marco legal, evitando implicaciones negativas futuras por prácticas que podrían ser interpretadas como evasión fiscal o fraude.

Conclusión simulación de los contratos

La simulación en el derecho contractual presenta desafíos tanto para los operadores jurídicos como para los particulares involucrados. La identificación y el tratamiento de los actos simulados requieren de una aguda percepción y un profundo conocimiento del derecho, así como de las motivaciones que llevan a las partes a recurrir a este tipo de estrategias. La jurisprudencia y la doctrina han elaborado criterios y mecanismos para desentrañar estos actos, buscando siempre preservar la justicia, la transparencia y la equidad en las transacciones. Como abogados, es nuestra responsabilidad mantenernos informados y preparados para enfrentar estos retos, garantizando la protección de los intereses legítimos de todas las partes involucradas.


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