¿Cuales son los requisitos para abrir una Cuenta Bancaria para extranjeros?.
Apertura de Cuentas Bancarias para Extranjeros en Colombia
En un mundo cada vez más globalizado, la posibilidad de abrir cuentas bancarias en el extranjero se ha convertido en una necesidad para muchos individuos y empresas. En Colombia, tanto extranjeros como colombianos no residentes tienen la opción de abrir cuentas bancarias, ya sea en moneda nacional o extranjera. Este artículo abordará los requisitos, el régimen cambiario aplicable y los procedimientos para la apertura de cuentas bancarias en Colombia.
Requisitos para Abrir una Cuenta Bancaria en Colombia
Documentación Necesaria
Para abrir una cuenta bancaria en Colombia, los extranjeros y colombianos no residentes deben cumplir con ciertos requisitos documentales. Estos pueden variar según la entidad financiera, pero generalmente incluyen:
- Cédula de extranjería: Documento de identificación válido en Colombia para extranjeros.
- Comprobante de residencia en Colombia: Algunos bancos pueden requerir este documento.
- Pasaporte: En algunos casos, especialmente si no se cuenta con cédula de extranjería.
- Certificado de ingresos: Algunos bancos solicitan este documento para verificar la capacidad financiera del solicitante.
- Trámite presencial: Muchos bancos exigen que el trámite se realice de manera presencial, por lo que es importante consultar con la entidad financiera previamente.
Procedimiento de Apertura
El proceso para abrir una cuenta bancaria puede realizarse de manera virtual o presencial, dependiendo del banco elegido. A continuación, se detalla el procedimiento típico:
- Selección del banco: Investigar y elegir el banco adecuado según las necesidades y condiciones ofrecidas.
- Recolección de documentación: Reunir todos los documentos requeridos por el banco.
- Presentación de documentos: Entregar la documentación y completar los formularios proporcionados por el banco.
- Activación de la cuenta: Una vez aprobada la solicitud, se procede a la activación de la cuenta.
Régimen Cambiario Aplicable a las Cuentas Bancarias de No Residentes
Definición de «No Residentes»
Según la normativa colombiana, se consideran no residentes:
- Personas naturales: Colombianos o extranjeros que permanezcan en el país por menos de 183 días en un periodo de 365 días consecutivos.
- Personas jurídicas: Entidades sin domicilio principal en Colombia, incluidas aquellas sin ánimo de lucro.
- Otras entidades: Aquellas sin personería jurídica ni domicilio en el territorio nacional.
Depósitos en Moneda Extranjera
Las personas naturales o jurídicas no residentes pueden abrir cuentas bancarias en moneda extranjera (dólares, euros, etc.) en Colombia. Estas cuentas deben ser abiertas ante los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) autorizados. Los depósitos en estas cuentas no requieren registro en el Banco de la República para su apertura y funcionamiento. Sin embargo, los recursos depositados no pueden utilizarse para el pago de operaciones de cambio obligatoriamente canalizables.
Depósitos en Moneda Nacional
Los no residentes también pueden constituir depósitos en moneda nacional (pesos colombianos). Estos pueden ser depósitos a la vista en cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos electrónicos y depósitos a término. Estos depósitos deben ser identificados como «depósitos de no residentes» ante los IMC.
Clasificación de las Cuentas
- Cuentas de uso general: Abiertas para operaciones propias del titular. No se permiten desembolsos de créditos en moneda legal ni operaciones de cambio obligatoriamente canalizables.
- Cuentas de uso exclusivo: Destinadas a actividades específicas como inversión extranjera directa, depósitos de inversionistas de capital del exterior, y cuentas para operaciones de crédito externo.
- Depósitos electrónicos y cuentas de trámite simplificado (CATS): Permiten la apertura de cuentas con un proceso simplificado pero con restricciones en cuanto a desembolsos de créditos y operaciones de cambio.
- Depósitos a término: Incluyen certificados de depósito a término (CDT) y certificados de depósito de ahorro a término (CDAT), y no requieren registro ante el Banco de la República.
Bancos que Permiten la Apertura de Cuentas para Extranjeros
BBVA
BBVA permite a los colombianos no residentes abrir cuentas de manera virtual. Requisitos:
- Cédula de ciudadanía.
- Dispositivo con cámara para validar la identidad.
- Información de la empresa, si es empleado.
La apertura de cuentas de ahorro o nómina se realiza mediante el siguiente enlace: www.bbva.com.co
Bancolombia
Bancolombia permite la apertura de cuentas para extranjeros no residentes de manera presencial. Documentos requeridos:
- Documento de identidad (visa, pasaporte o cédula de extranjería).
- Documento con foto adicional.
- Carta laboral (si aplica).
Conclusión
Abrir una cuenta bancaria en Colombia como extranjero o colombiano no residente es un proceso accesible que requiere cumplir con ciertos requisitos documentales y seguir procedimientos específicos que pueden variar según el banco elegido. Las normativas cambiarias y la disponibilidad de cuentas en moneda extranjera y nacional ofrecen flexibilidad para los no residentes, facilitando sus operaciones financieras en el país. Es fundamental consultar con la entidad financiera seleccionada para conocer los detalles y evitar inconvenientes en el proceso de apertura.