Recuperación Empresarial
¿Qué es la Recuperación Empresarial?
El el Decreto Ley 560 de 2020, hoy convertido en legislación permanente por medio de la Ley 106 de 2023 que se encuentra a la espera de su promulgación, establece el Régimen de Recuperación Empresarial, esta es una normativa colombiana diseñada para enfrentar la crisis empresarial generada por la pandemia del COVID-19 y que demostró su eficiencia. Su objetivo principal fue proporcionar mecanismos efectivos para la recuperación empresarial, asegurando la preservación de las empresas y el empleo en un entorno económico afectado.
Principales Mecanismos de la recuperación empresarial
El decreto establece un ecosistema de recuperación empresarial que incluye herramientas judiciales y extrajudiciales para facilitar la reorganización y salvamento de empresas. Entre los mecanismos más destacados se encuentran:
- Negociación de emergencia de acuerdos de reorganización: Este proceso permite a las empresas negociar con sus acreedores en un plazo de tres meses, suspendiendo temporalmente los procesos de ejecución en su contra.
- Procedimiento de recuperación empresarial en Cámaras de Comercio: Facilita la negociación entre deudores y acreedores bajo la mediación de expertos, buscando acuerdos que eviten la liquidación.
- Beneficios tributarios: Incluye medidas como la exoneración de retenciones y anticipos de renta para mejorar el flujo de caja de las empresas en reorganización.
¿A quiénes aplica la recuperación empresarial?
Este régimen es aplicable a personas naturales comerciantes, jurídicas, sucursales de sociedades extranjeras y patrimonios autónomos que desarrollen actividades empresariales. Asimismo, los procedimientos en Cámaras de Comercio son accesibles tanto para sujetos del Régimen de Insolvencia como para aquellos excluidos, siempre que no estén obligados a un régimen especial.
Beneficios y Alivios Tributarios
El Decreto Ley 560 de 2020 incluyó una serie de beneficios tributarios destinados a aliviar la situación financiera de las empresas en reorganización, tales como:
- Exoneración de retenciones y anticipos de renta.
- Reducción del 50% en la retención del IVA.
- Exención de liquidación de renta presuntiva para el año 2020.
Estos alivios son fundamentales para mejorar el flujo de caja de las empresas y permitir su recuperación empresarial.
Procedimiento de Recuperación Empresarial
El procedimiento de recuperación empresarial en las Cámaras de Comercio es una herramienta clave para la recuperación empresarial. Este proceso, que dura tres meses, permite la negociación entre deudores y acreedores bajo la mediación de un experto. El acuerdo alcanzado puede ser validado judicialmente, lo que le otorga efectos vinculantes para todas las partes involucradas.
Actualización Legislativa
Recientemente, el Congreso de la República aprobó de manera unánime el Proyecto de Ley 106 de 2023 Senado y 365 de 2024 de Cámara, mediante el cual se adoptaron de manera permanente las medidas establecidas en los Decretos Leyes 560 y 772 de 2020. Esta nueva legislación busca consolidar el marco normativo de recuperación empresarial en Colombia, asegurando que las herramientas y beneficios temporales introducidos durante la pandemia se mantengan vigentes. Sin embargo, esta ley se encuentra actualmente a la espera de sanción presidencial.
¿Qué sucede si fracasa el proceso de recuperación?
En caso de que el proceso de recuperación empresarial fracase, el deudor puede iniciar un proceso de insolvencia según lo establecido en la Ley 1116 de 2006. Sin embargo, no podrá intentar nuevos procedimientos de recuperación dentro del año siguiente al fracaso del proceso inicial.
Conclusión
La recuperación empresarial ofrece una estructura sólida para la recuperación empresarial en Colombia, proporcionando herramientas y beneficios. Con la reciente aprobación del Proyecto de Ley 106 de 2023, se espera que estas medidas se adopten de manera permanente, fortaleciendo así el marco de apoyo a las empresas en el país.
RECUPERACIÓN EMPRESARIAL
Documentos requeridos
1. Certificado de existencia y representación legal de la sociedad deudora
2. Certificado de existencia y representación legal de la sociedad acreedora
3. Prueba de la existencia de las obligaciones con más de 90 días vencidas y/o de los procesos ejecutivos.
4. Prueba de todas las obligaciones.
5. Los cinco (5) estados financieros básicos correspondientes a los tres (3) últimos ejercicios y los dictámenes respectivos suscritos por Contador Público o Revisor Fiscal
6. Un estado de inventario de activos y pasivos
7. Memoria explicativa de las causas que lo llevaron a la situación de insolvencia
8. Un flujo de caja para atender el pago de las obligaciones
9. Un plan de negocios de reorganización del deudor
Competencia y trámite
Compete a la Superintendencia de Sociedades el trámite y decisión del proceso de reorganización de acuerdo con los artículos 9 y 14 de la ley 1116 de 2006.
Su trámite será previsto para los procesos concursales de insolvencia, bajo la modalidad de reorganización, conforme lo establecido en la ley 1116 de 2006 modificada parcialmente por la Ley 1429 de 2010.
IMPORTANTE
NO se aplicará a las personas naturales que no realicen actividades de carácter mercantil, cuya insolvencia se sujetará a lo previsto en el régimen de “insolvencia para persona natural no comerciante”, si no eres comerciante Click aquí
Remuneración del promotor
Los honorarios del promotor serán fijados por el juez del concurso en la providencia de apertura del proceso de acuerdo a los criterios señalados en el artículo 2.2.2.11.7.1 y siguientes de mismo Decreto 2130 de 2015.