Derecho de familia · Guía 2026

Divorcio unilateral en Colombia: cómo funciona la causal décima

El divorcio unilateral permite que uno de los cónyuges termine el matrimonio sin necesidad del consentimiento del otro. En esta guía explicamos, de forma clara, cómo funciona tras la modificación al artículo 156 del Código Civil, sus requisitos, el procedimiento y la propuesta de divorcio que debe acompañar la demanda.


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¿Qué es el divorcio unilateral?

El divorcio unilateral es la figura que permite que uno solo de los cónyuges solicite la disolución del matrimonio, sin que el otro tenga que estar de acuerdo y sin necesidad de probar culpa ni hechos específicos. Basta la voluntad de quien lo pide. Se conoce como la causal décima de divorcio, y su gran característica es la certeza del resultado: presentada correctamente, el juez debe decretar el divorcio.

Esto marca una diferencia importante frente al divorcio de mutuo acuerdo (que exige el consentimiento de ambos) y frente a las causales tradicionales, en las que había que demostrar situaciones como el incumplimiento de deberes o la separación prolongada.

La modificación al artículo 156 del Código Civil

La reforma al artículo 156 del Código Civil ordenó los criterios de legitimación (quién puede pedir el divorcio) y de oportunidad (cuándo puede pedirse). En la práctica, responde dos preguntas.

¿Cuándo se puede presentar la demanda?

En cualquier momento. El derecho a solicitar el divorcio no prescribe: no hay un plazo que se venza ni un tiempo mínimo de matrimonio que haya que esperar.

¿Quién puede presentar la demanda?

  • En el divorcio por mutuo acuerdo: los dos cónyuges, de forma conjunta.
  • En las causales subjetivas: únicamente el cónyuge que no dio motivo (el cónyuge inocente).
  • En las causales objetivas: cualquiera de los dos cónyuges.
  • En el divorcio unilateral: el cónyuge que así lo desee, sin necesidad de probar culpa ni hechos específicos.

Los tipos de causales de divorcio

Hoy las causales de divorcio pueden agruparse en cuatro categorías, según lo que exija cada una:

  1. Causales subjetivas: requieren demostrar la culpa o responsabilidad del otro cónyuge.
  2. Causales objetivas: se basan en hechos externos, sin atribuir culpa a nadie.
  3. Causal consensual: el divorcio por mutuo acuerdo.
  4. Causal unilateral (décima): la sola voluntad de uno de los cónyuges.
Punto clave

En la causal décima no es necesario demostrar ninguna otra causal para que el juez conceda la disolución del matrimonio. Por eso ofrece mayor certeza que invocar causales que exigen prueba.

El procedimiento del divorcio unilateral

El divorcio unilateral se tramita mediante un proceso verbal contencioso, conforme al Código General del Proceso. Esto significa que siempre habrá una parte demandante y una parte demandada, aunque no exista conflicto de fondo sobre la decisión de divorciarse.

La demanda debe cumplir los requisitos generales de toda demanda y, además, incluir un anexo que no puede faltar: la propuesta de divorcio.

La propuesta de divorcio: el anexo indispensable

La propuesta de divorcio es un documento que acompaña la demanda y regula los efectos que se derivan de terminar el matrimonio. Debe ser clara, realista y ajustada a la ley. Según el artículo 156, puede incluir:

  • El cumplimiento de obligaciones alimentarias.
  • La reparación integral, tanto económica como simbólica, cuando corresponda.
  • La liquidación de la sociedad conyugal.
  • Las disposiciones sobre los hijos menores de edad: contribución a su crianza, educación y sostenimiento; la cuantía de los alimentos; el lugar y la forma de cumplimiento; y el régimen de custodia y visitas, siempre priorizando el interés superior del menor.

El cónyuge demandado solo puede oponerse presentando una propuesta alternativa. Presentarla, sin embargo, no lo exime de contestar la demanda dentro del proceso.

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Qué debe contener la demanda

Una demanda de divorcio unilateral bien preparada suele incluir:

  • Los hechos: fecha del matrimonio, existencia y edades de los hijos, momento de la separación y, si los hay, antecedentes de violencia y actuaciones previas ante autoridades.
  • Las pretensiones: lo que concretamente se le pide al juez.
  • Las pruebas que respaldan lo afirmado.
  • Los fundamentos de derecho.
  • La propuesta de divorcio como anexo obligatorio.

Conviene que la exposición de los hechos sea detallada, porque el juez puede ordenar pruebas de oficio si advierte que se están vulnerando derechos.

Las facultades del juez y la protección de personas vulnerables

La ley otorga a los jueces herramientas para proteger a quienes están en una posición más frágil dentro del proceso. Entre ellas, pueden:

  • Solicitar pruebas de oficio.
  • Fallar en beneficio de cónyuges que hayan sido maltratados, de menores de edad, de personas con discapacidad y de adultos mayores.

Por eso es recomendable que la demanda presente un contexto completo y justifique adecuadamente cualquier solicitud de reparación o medida de protección.

¿Se pueden alegar otras causales junto con la décima?

Es posible, pero no es necesario. La causal décima, por sí sola, garantiza que el divorcio se conceda. Si además se invocan causales subjetivas u objetivas, habrá que probarlas, lo que puede complicar el proceso y alargar los tiempos. Por eso, en muchos casos, conviene evaluar si vale la pena sumar otras causales o concentrarse en la unilateral.

Aspectos prácticos de la propuesta

Una buena propuesta de divorcio debe ser realista y jurídicamente viable, de modo que pueda ser aceptada por el otro cónyuge o aprobada por el juez, y sirva como punto de partida para negociar. En cuanto a los hijos, puede contemplar cuotas alimentarias para hijos entre 18 y 25 años cuando se trate de estudiantes o personas en situación de dependencia y ambas partes lo acuerden.


En resumen

El divorcio unilateral es una vía para poner fin al matrimonio sin necesidad del consentimiento del otro cónyuge. La modificación al artículo 156 del Código Civil fortaleció esta figura, permitiendo que cualquiera de los cónyuges la solicite en cualquier momento, siempre que presente una propuesta que regule los efectos del divorcio.

Su principal ventaja es la certeza del resultado; su principal responsabilidad, formular la propuesta cuidando los derechos de los hijos y de las personas en situación de vulnerabilidad. Una demanda bien estructurada y justificada puede ser la diferencia entre un proceso conflictivo y uno más ágil.

Nota

Este contenido es informativo y general sobre el divorcio unilateral en Colombia. No constituye asesoría para un caso concreto ni crea una relación abogado-cliente. Cada situación depende de sus documentos, antecedentes y circunstancias familiares y patrimoniales.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el divorcio unilateral

¿Necesito el consentimiento de mi pareja para divorciarme?

No. En el divorcio unilateral basta la voluntad de uno de los cónyuges. No se requiere que el otro esté de acuerdo ni probar culpa o hechos específicos.

¿Hay un plazo para pedir el divorcio?

No. Tras la modificación al artículo 156, la demanda puede presentarse en cualquier momento: el derecho a solicitar el divorcio no prescribe.

¿Qué es la propuesta de divorcio y por qué es obligatoria?

Es el documento que acompaña la demanda y regula los efectos del divorcio: alimentos, liquidación de la sociedad conyugal y, cuando hay hijos menores, custodia, visitas y sostenimiento. Sin ella, la demanda queda incompleta.

¿Qué pasa si hay hijos menores de edad?

La propuesta debe regular su crianza, educación, sostenimiento, alimentos, custodia y visitas, siempre priorizando el interés superior del menor. El juez puede ordenar pruebas de oficio para proteger sus derechos.

¿El proceso es contencioso aunque no haya conflicto?

Sí. El divorcio unilateral se tramita como proceso verbal contencioso, de modo que siempre habrá una parte demandante y una demandada, aun cuando no exista disputa sobre la decisión de divorciarse.

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