Régimen Laboral en Colombia: Una Guía Completa.
¿Cuánto cuesta contratar un trabajador en Colombia?
La legislación laboral en Colombia se caracteriza por ser de orden público, lo que significa que sus disposiciones son de cumplimiento obligatorio y no pueden ser renunciadas por las partes involucradas. Es crucial para cualquier inversionista comprender que todas las relaciones laborales ejecutadas en Colombia, sin importar la nacionalidad de las partes, están regidas por la ley colombiana. El Mintrabajo ha dispuesto una Calculadora Laboral
Aspectos Generales
- Aplicación de la Ley Colombiana: Toda relación laboral en Colombia está sujeta a la ley colombiana, independientemente de la nacionalidad de las partes.
- Salario Mínimo: Empleadores y trabajadores pueden pactar libremente el salario, siempre que este no sea inferior al salario mínimo legal mensual vigente (S.M.L.M.V.), establecido anualmente por acuerdo entre sindicatos, gremios empresariales y el Gobierno.
- Afiliación a la Seguridad Social: Las empresas deben afiliar a sus trabajadores al Sistema General de Seguridad Social Integral, incluyendo a los extranjeros contratados, salvo algunas excepciones.
- Definición de Salario: Todo pago que remunere o compense el trabajo es considerado salario. Sin embargo, pueden pactarse beneficios extralegales no salariales, siempre que cumplan con los requisitos legales.
- Moneda de Pago: Aunque el salario puede pactarse en moneda extranjera, debe pagarse en territorio colombiano y en moneda legal de curso (COP).
Tipos de Contrato de Trabajo
- Término Indefinido: No tiene una fecha de finalización establecida.
- Término Fijo: Tiene una duración determinada, no mayor a tres años, y debe constar por escrito. Puede renovarse indefinidamente, manteniendo su naturaleza de término fijo.
- Por Duración de la Obra o Labor Contratada: Dura el tiempo que tome completar una obra o labor específica y debe describirse claramente en el contrato escrito. No admite prórrogas.
- Ocasional o Transitorio: Para labores distintas a las actividades normales de la empresa, con una duración inferior a un mes y sin necesidad de preaviso para su terminación.
Período de Prueba
El período de prueba permite al empleador evaluar las aptitudes del trabajador y al trabajador evaluar las condiciones del trabajo. Durante este período, cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin previo aviso ni indemnización, siempre que se justifique. Para contratos a término indefinido, el período de prueba no puede superar los dos meses. En contratos a término fijo, no puede exceder la quinta parte del término pactado, sin superar los dos meses.
Modalidades de Salario
- Salario Ordinario: Compensa el trabajo ordinario y puede incluir remuneraciones extraordinarias como horas extras, trabajo nocturno, comisiones y viáticos permanentes destinados a manutención y alojamiento.
- Salario Integral: Incluye una compensación que cubre las prestaciones sociales, recargos y otras acreencias legales, excepto vacaciones. Este salario solo aplica para empleados con un salario superior a diez S.M.M.L.V.
Prestaciones Sociales
- Auxilio de Cesantías: El empleador debe consignar anualmente, antes del 15 de febrero, una suma equivalente a un mes de salario por cada año de servicio en un fondo de cesantías. En caso de terminación del contrato, se paga directamente al trabajador.
- Intereses a las Cesantías: Equivalentes al 12% anual sobre el valor del auxilio de cesantías, deben pagarse a más tardar el 31 de enero del año siguiente.
- Prima de Servicios: Equivalente a 15 días de salario por cada semestre trabajado. Se paga a más tardar el 30 de junio y el 20 de diciembre de cada año.
- Calzado y Vestido de Labor: Consiste en la entrega de un par de zapatos y un vestido de trabajo (pantalón y camisa) tres veces al año, antes del 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre. Aplica a trabajadores que ganen hasta dos S.M.M.L.V. y que hayan trabajado al menos tres meses.
Auxilio de Transporte
Pagado a trabajadores que ganen hasta dos S.M.M.L.V. y residan a más de un kilómetro del lugar de trabajo. No se paga durante incapacidades, vacaciones o licencias. El auxilio de transporte para el año 2024 es de COP $162,000 (aprox. USD $41).
Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral
- Pensión: Los empleadores deben contribuir con el 12% del salario del trabajador al sistema de pensiones, mientras que el trabajador contribuye con el 4%.
- Salud: El empleador contribuye con el 8.5% del salario del trabajador al sistema de salud, mientras que el trabajador contribuye con el 4%.
- Riesgos Laborales: La contribución varía según la actividad laboral y el nivel de riesgo asociado.
- Fondo de Solidaridad Pensional: Este fondo recibe contribuciones adicionales de los trabajadores cuyo salario mensual supera los cuatro S.M.M.L.V. (COP $5,200,000, aproximadamente USD $1,327). Las contribuciones varían entre el 1% y el 2%, dependiendo del salario.
Aportes Parafiscales
- Cajas de Compensación Familiar (CCF): Los empleadores deben contribuir con el 4% de la nómina.
- Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): Los empleadores contribuyen con el 2% de la nómina para empresas con más de diez S.M.M.L.V.
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): Los empleadores contribuyen con el 3% de la nómina para empresas con más de diez S.M.M.L.V.
Jornada Laboral y Descansos
La jornada laboral en Colombia es de 47 horas semanales, reduciéndose gradualmente a 42 horas en 2026. Puede ser distribuida de lunes a viernes, y las horas adicionales requieren autorización del Ministerio de Trabajo. El trabajo nocturno se remunera con un recargo del 35%, y los descansos dominicales y festivos están garantizados, con recargos adicionales si se trabaja en estos días.
Licencias
- Maternidad: 18 semanas de licencia remunerada, con posibilidad de comenzar dos semanas antes del parto.
- Paternidad: Dos semanas de licencia remunerada.
- Parental Compartida y Flexible: Opciones de distribución y tiempo parcial para padres.
- Luto: Cinco días hábiles por fallecimiento de familiares cercanos.
- Cuidado de Hijos Enfermos: Diez días hábiles al año para cuidar hijos con enfermedades graves.
Reglamentos y Obligaciones del Empleador
Las empresas deben adoptar reglamentos de trabajo e higiene y seguridad industrial, dependiendo del número de trabajadores. Además, deben cumplir con la normativa del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), implementando un proceso lógico y continuo de mejora.
Terminación del Contrato de Trabajo
Los contratos pueden ser terminados en cualquier momento, pero las indemnizaciones por terminación sin justa causa varían según el tipo de contrato y el salario del trabajador. Existen protecciones especiales para ciertos trabajadores, como mujeres embarazadas, empleados con fuero sindical y aquellos en condición de debilidad manifiesta por salud.
Prevención del Acoso Laboral
Los empleadores deben establecer mecanismos de prevención y comités de convivencia laboral para tratar casos de acoso laboral, definido como conductas persistentes que causan miedo, intimidación o desmotivación en el trabajo.
Derecho Colectivo y Sindical
El derecho de asociación sindical está protegido constitucionalmente, permitiendo a los trabajadores formar sindicatos y negociar colectivamente. Las convenciones colectivas y pactos colectivos regulan las condiciones laborales de trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, respectivamente. La huelga es permitida dentro del proceso de negociación colectiva, salvo en servicios públicos esenciales.
Formas Especiales de Vinculación
- Contrato de Prestación de Servicios: Para trabajos con independencia técnica y administrativa.
- Empresa de Servicios Temporales (EST): Proporciona personal temporal para actividades específicas.
- Cooperativa de Trabajo Asociado (CTA): Entidades sin ánimo de lucro que no pueden actuar como intermediarios laborales.
Conclusión
El régimen laboral en Colombia ofrece una estructura detallada y protecciones para trabajadores y empleadores, garantizando condiciones justas y reguladas. Es esencial que tanto los empleadores como los trabajadores comprendan sus derechos y obligaciones para mantener relaciones laborales armoniosas y cumplir con la legislación vigente.