Reforma laboral: Trabajo en plataformas digitales de reparto
Nueva legislación laboral en Colombia
19 de Agosto 2025
Trabajo en plataformas digitales de reparto
La reforma laboral reconoce a los repartidores que operan mediante plataformas digitales de reparto y fija reglas para su vinculación, seguridad social, transparencia de algoritmos y condiciones de trabajo dignas. Dependiendo de cómo se organice el servicio, el vínculo puede ser dependiente (subordinado) o independiente (autónomo), y la plataforma debe informarlo de forma clara.
Modalidades y seguridad social
Modalidad | Naturaleza del vínculo | Seguridad social | ARL | IBC / Base de cotización |
---|---|---|---|---|
Dependiente / subordinado | Relación laboral con subordinación y dirección por parte de la plataforma. | Régimen de dependientes conforme a la ley (salud, pensión y demás aportes a cargo de empleador y trabajador según reglas vigentes). | A cargo del empleador. | Según reglas del régimen de dependientes. |
Independiente / autónomo | Prestación de servicios sin subordinación, con autonomía en la ejecución. | Aportes como independiente con esquema de cofinanciación: 60% la empresa y 40% el trabajador. | A cargo de la empresa. | El IBC será el 40% de los ingresos del trabajador. |
Claves prácticas: la plataforma debe definir y comunicar el tipo de vínculo; la clasificación impacta cómo se realizan los aportes y quién asume la ARL.
Requisitos para las plataformas
- Transparencia del vínculo: informar si el repartidor es dependiente o independiente y entregar los documentos de soporte.
- Registro e identificación: crear un registro de todos los repartidores y reportar mensualmente su tiempo de actividad.
- Condiciones de trabajo dignas: garantizar pausas, derecho al descanso y que no se exija conexión permanente para acceder a ingresos.
- Transparencia algorítmica: explicar cómo operan los algoritmos (asignación de pedidos, calificaciones, desconexiones) y habilitar revisión humana de decisiones automatizadas (p. ej., bloqueos o sanciones).
- Seguridad y salud: activación de coberturas (incluida ARL), formación en riesgos y protocolos de atención en caso de incidentes.
Derechos mínimos del repartidor
- Conocer por escrito su modalidad de vinculación y el esquema de aportes.
- Acceso a información sobre criterios algorítmicos que afecten su actividad.
- Revisión humana y posibilidad de recurso ante bloqueos o sanciones automatizadas.
- Pausas y desconexión razonable; no exigir conexión continua para no afectar sus ingresos.
- Cobertura de seguridad social según la modalidad (incluida ARL).
Obligaciones documentales para la empresa
- Acuerdos/contratos con términos claros: derechos, deberes, tarifas, criterios de asignación y causas de suspensión/bloqueo.
- Afiliaciones y pagos al sistema de seguridad social según la modalidad.
- Registro de repartidores y reporte mensual de actividad.
- Política de transparencia algorítmica y protocolo de revisión humana.
Checklist rápido de cumplimiento (plataformas)
- Documento que informa el tipo de vínculo (dependiente/independiente).
- Matriz de aportes (60% empresa / 40% trabajador para independientes) y pago de ARL por la empresa.
- Registro de repartidores y reporte de actividad mensual.
- Política de pausas, descanso y no conexión permanente.
- Política de algoritmos + canal de revisión humana para bloqueos/sanciones.
- Capacitación en seguridad vial y riesgos.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Cómo sé si soy dependiente o independiente?
Por los hechos de la relación: si existe subordinación (órdenes, control de horarios, sanciones), se aproxima a vínculo laboral. Sin subordinación, sería independiente. La plataforma debe informarlo claramente.
Si soy independiente, ¿quién paga la ARL?
La empresa asume la ARL del repartidor independiente.
¿Cómo se calcula mi base de cotización (IBC) si soy independiente?
El IBC corresponde al 40% de tus ingresos.
¿Qué puedo hacer si me bloquean automáticamente?
Solicitar revisión humana y acceder a las razones y evidencias del bloqueo; la plataforma debe ofrecer un canal de recurso.