Reforma laboral: cambios en la jornada laboral
Nueva legislación laboral en Colombia
19 de Agosto 2025
Jornadas: trabajo nocturno y trabajo dominical/festivo
La reforma laboral ajusta la organización de la jornada, los recargos y los límites de horas extra para proteger la salud del trabajador y dar previsibilidad a las empresas. Aquí tienes el contenido listo para publicar, con tabla HTML y subtítulos optimizados para SEO.
Resumen en tabla de las jornada laboral
Medida | Detalle | % recargo / límite | Implementación |
---|---|---|---|
Jornada máxima | Distribución flexible en 5 o 6 días, con al menos un día de descanso obligatorio. | 42 horas semanales | Se mantiene la reducción gradual fijada por la Ley 2101 de 2021 hasta llegar a 42 h/sem. |
Horario nocturno | Se amplía el horario nocturno desde las 7:00 p. m. | Recargo 35% (desde 7:00 p. m.) | Empieza a aplicar 6 meses después de la sanción de la ley. |
Recargo dominical y festivo | El recargo llegará al 100% de forma escalonada. Puede aplicarse 100% antes de manera voluntaria. | 80% (jul. 2025) → 90% (jul. 2026) → 100% (jul. 2027) | Implementación gradual desde este año y hasta 2027. |
Horas extra (diurnas) | No más de 2 horas diarias ni 12 semanales. Prohibido el doble turno salvo cargos de dirección o excepción sectorial. | Límites: máx. 2 h/día y 12 h/semana | Aplica con la entrada en vigor de la reforma (salvo reglas especiales). |
¿Qué cambia con la reforma laboral?
- Semana laboral: se consolida la ruta hacia 42 horas por semana, con flexibilidad para distribuir en 5 o 6 días y un día de descanso obligatorio.
- Nocturnidad: el recargo nocturno (35%) iniciará desde las 7:00 p. m., mejorando la compensación por trabajo en horas de mayor afectación al descanso.
- Domingos y festivos: el recargo se eleva progresivamente hasta 100% (80% en 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027).
- Horas extra: se refuerzan los límites (2 h/día, 12 h/semana) y se desincentivan los dobles turnos por riesgos de fatiga y salud.
¿Cómo impacta a empleadores y trabajadores?
Para empleadores
- Recalcula turnos y costos con el nuevo inicio de nocturnidad (7:00 p. m.) y el cronograma del dominical/festivo.
- Ajusta contratos, reglamento interno y políticas de recargos; documenta excepciones y cargos de dirección.
- Implementa un sistema confiable de registro de asistencia y horas (soporta auditorías).
- Refuerza pausas, gestión de fatiga y desconexión para prevenir riesgos.
Para trabajadores
- Conoce tus recargos (nocturno y dominical/festivo) y verifica que el cálculo respete el calendario de implementación.
- Exige comunicación previa de turnos y conserva soportes de horas trabajadas.
- Reporta fatiga o afectaciones a salud y seguridad.
Calendario de implementación
- Horario nocturno desde 7:00 p. m.: entra a regir 6 meses después de la sanción de la ley.
- Recargo dominical/festivo:
- 80%: julio 2025
- 90%: julio 2026
- 100%: julio 2027
- Semana de 42 horas: se mantiene la reducción gradual establecida por la Ley 2101 de 2021 (hasta llegar a 42 h/semana).
Checklist de cumplimiento para la empresa
- Matriz de turnos con horas diurnas/nocturnas y descansos.
- Política de recargos (nocturno, dominical, festivo y extra), actualizada.
- Sistema de registro de horas (biometría, app o software) con trazabilidad.
- Capacitación a nómina y jefes sobre el calendario de cambios.
- Protocolos de pausas activas, fatiga y desconexión.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo seguir distribuyendo la jornada en 6 días?
Sí. La reforma permite distribuir las 42 horas en 5 o 6 días, con un día de descanso.
¿Desde cuándo se paga nocturno a partir de las 7:00 p. m.?
Desde 6 meses después de la sanción de la ley.
¿El recargo dominical sube ya al 100%?
No. Sube escalonado: 80% (jul. 2025), 90% (jul. 2026) y 100% (jul. 2027). Las empresas pueden anticipar voluntariamente el 100%.
¿Cuántas horas extra puedo trabajar?
Hasta 2 horas diarias y 12 semanales, con prohibición de doble turno salvo cargos de dirección o regímenes excepcionales.