Comercio Internacional

Servicio para visas Colombia

Visas en Colombia, inicia el trámite ante la Cancillería.

Logre un proceso de migración confiadamente.

Guía completa para el proceso migratorio y obtener visa en en Colombia.

La política migratoria de Colombia está diseñada para facilitar la entrada de extranjeros con habilidades técnicas, profesionales o intelectuales que puedan contribuir al desarrollo económico, científico, cultural o educativo del país. También se busca atraer capital extranjero para la creación de empresas y actividades legales que generen empleo, aumenten las exportaciones y sean de interés nacional. Los inversionistas extranjeros deben tener en cuenta lo siguiente:

Requisitos de entrada

Todo extranjero que ingrese a Colombia debe presentarse ante la autoridad migratoria con un pasaporte o documento de viaje válido y la visa colombiana correspondiente, si es requerida. Los ciudadanos de países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y el Acuerdo Mercosur pueden ingresar con sus documentos nacionales de identidad vigentes.

Tipos de visas

Colombia ofrece tres tipos principales de visas:

Visa de Visitante (Tipo V): Para estancias cortas con fines específicos.

  • Tránsito Aeroportuario: Para extranjeros en tránsito que no deseen establecerse en el país.
  • Turismo y Eventos: Para actividades temporales de turismo, eventos, negocios, tratamientos médicos, trámites administrativos y judiciales.
  • Nómada Digital: Para aquellos que deseen trabajar remotamente desde Colombia, cumpliendo con los requisitos de solvencia económica y seguro de salud.

Visa de Migrante (Tipo M): Para aquellos que desean residir en el país por periodos más largos debido a trabajo, estudio u otros motivos.

  • Inversionista y Pensionado: Para extranjeros que inviertan en Colombia o sean pensionados.
  • Propietario o Accionista: Para propietarios o accionistas de sociedades comerciales que deseen establecerse en el país.
  • Profesional Independiente: Para profesionales independientes con intención de establecerse en Colombia.
  • Cónyuge y Familiares: Para cónyuges, compañeros permanentes, padres o hijos de nacionales colombianos, bajo ciertas condiciones.

Visa de Residente (Tipo R).

Otorgada a extranjeros que desean establecerse permanentemente en Colombia y cumplen con requisitos específicos, como haber sido titulares de una visa tipo M por un período determinado. Los ciudadanos venezolanos pueden obtener un Permiso por Protección Temporal (PPT), que les permite trabajar en Colombia por hasta diez años. 

Permisos de Ingreso y Permanencia (PIP)

Para aquellos extranjeros que no requieren visa para ingresar a Colombia, la autoridad migratoria puede otorgar permisos de ingreso y permanencia, siempre y cuando no tengan la intención de establecerse permanentemente en el país. Estos permisos están categorizados según la Resolución 3167 de 2019 como Permiso de Turismo (PT), Permiso de Integración y Desarrollo (PID) y Permiso de Otras Actividades (POA).

  • Permiso de Turismo (PT): Para actividades de descanso, tratamiento médico, y asistencia a eventos.
  • Permiso de Integración y Desarrollo (PID): Para actividades de cooperación, gestiones personales, y educativas.
  • Permiso de Otras Actividades (POA): Para asistencia técnica y eventos artísticos.

Registro de extranjeros (SIRE)

Las personas o entidades que contraten o admitan a extranjeros deben reportar esta relación a Migración Colombia a través del Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros (SIRE) dentro de los plazos establecidos por la ley. Este registro debe hacerse dentro de los 15 días calendario siguientes al inicio o finalización de la actividad del extranjero en el país.

Registro en el RUTEC

Además, las empresas públicas y privadas que contraten extranjeros deben reportarlo en el Registro Único de Extranjeros en Colombia (RUTEC) dentro de los 120 días calendario siguientes a la firma del contrato o vinculación del extranjero. Las actualizaciones en el RUTEC deben realizarse dentro de los 30 días calendario siguientes a eventos como la finalización del contrato, cambios en la actividad económica, o cambio permanente de residencia del extranjero.

Exenciones de visa

Según la Resolución 5488 de 2022, ciudadanos de más de cien países pueden ingresar a Colombia sin necesidad de visa. Las nacionalidades que no están incluidas en esta resolución se consideran “restringidas” y requieren una visa para ingresar legalmente a Colombia.

Excepciones para nacionalidades restringidas

La Resolución 3717 de 2023 permite la entrada sin visa a Colombia a portadores de pasaportes de Hong Kong (Región Administrativa Especial de China) y la Soberana Orden Militar de Malta, aunque estas siguen siendo consideradas nacionalidades restringidas.

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