El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)
Requisitos para la compra y venta de propiedades: El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)
Introducción al REDAM y sus implicaciones en la compra y venta de inmuebles
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) es un instrumento creado por la Ley 2097 de 2021 para asegurar el cumplimiento de obligaciones alimentarias por parte de quienes tienen títulos ejecutivos relacionados. El registro incluirá a individuos que adeuden tres o más cuotas alimentarias, ya sean consecutivas o no. Las cuotas alimentarias pueden provenir de una sentencia judicial ejecutoriada, un acuerdo de conciliación u otro título ejecutivo que establezca la obligación alimentaria.
Restricciones para aquellos registrados en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM
Las personas que aparezcan en el REDAM enfrentarán las siguientes restricciones:
- Contratación con el Estado: Los deudores alimentarios morosos solo podrán contratar con el Estado una vez que hayan cumplido con sus obligaciones alimentarias.
- Nombramientos y cargos públicos: No se permitirá nombrar ni posesionar a las personas registradas en el REDAM en cargos públicos ni de elección popular hasta que cumplan con sus obligaciones alimentarias.
- Funcionarios públicos: Si un deudor alimentario es servidor público al momento de su inscripción en el REDAM, estará sujeto a la suspensión del ejercicio de sus funciones.
- Enajenación de bienes sujetos a registro: Cuando un deudor alimentario pretenda vender bienes muebles o inmuebles sujetos a registro, la notaría requerirá el certificado del REDAM. Conoce más sobre este punto en nuestro artículo ¿Por qué no se debe aplicar el REDAM en Colombia por el momento?
- Solicitudes de crédito: Al solicitar o renovar un crédito ante una entidad bancaria o financiera, se requerirá el certificado del REDAM.
- Trámites migratorios: Las personas registradas en el REDAM tendrán impedimentos para salir del país y realizar trámites migratorios ante Migración Colombia o la entidad correspondiente.
¿Qué dijo Migración Colombia en marzo de 2024?
En un comunicado en el marco de una acción de tutela que los instó a dar aplicación al REDAM, migración Colombia estableció:
«Cuando un menor de edad requiera salir del país y alguno de sus padres se encuentre reportado por un juez o autoridad competente en la base de datos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), este podrá hacerlo siempre y cuando el padre que esté tramitando la salida del menor del territorio colombiano, presente un certificado emitido por MINTIC.
Los oficiales de migración validarán la autenticidad del documento presentado por el padre o madre, corroborando esta información del certificado en la plataforma REDAM a través del código QR emitido por MINTIC el cual contiene: Nombre del padre moroso, identificación, fecha de expedición, vigencia del certificado y código de validación (QR).
Recordamos a todos los padres que vayan a salir del país con sus hijos en la temporada alta de Semana Santa, tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Contar con el pasaporte válido y vigente
- Copia legible física o digital del Registro Civil de Nacimiento
- Tiquete de viaje En caso de viajar sin uno o sin ambos padres, deberá presentar el permiso de salida del país que autorice, el cual deberá estar autenticado en notaría pública o Consulado de Colombia en el exterior (con excepción de los registrados en el REDAM).
Aclaramos a todos los padres de menores de edad que no se ha modificado, ni levantado ningún permiso establecido en el Código de Infancia y Adolescencia para que sus hijos salgan del país, esta decisión obedece a la Ley 2097 de 2021.»
Cómo obtener el certificado de Registro de Deudores Alimentarios Morosos REDAM
Para descargar el certificado REDAM, ingrese a https://carpetaciudadana.and.gov.co/. En este sitio web, debe crear un usuario y contraseña, completar sus datos personales y seguir las instrucciones proporcionadas. Se enviarán indicaciones para confirmar el registro a su correo electrónico.
Una vez que haya creado el usuario e iniciado sesión, haga clic en ‘Mis categorías’ en el menú superior, elija la categoría ‘Seguridad, Justicia, Servicios Notariales VUR, Apostilla’ y seleccione ‘Consulta del Certificado de deudores alimentarios morosos REDAM’. Haga clic en ‘Descargar’ para obtener su certificado actualizado en formato PDF.
Cómo denunciar el incumplimiento de la cuota alimentaria en Registro de Deudores Alimentarios Morosos
Si el hijo o hija ya está legalmente reconocido, se puede denunciar el incumplimiento de la cuota alimentaria ante la Fiscalía General de la Nación por el delito de inasistencia alimentaria, siempre que exista una fijación previa de la cuota. Otra opción es acercarse a un centro zonal del ICBF para que un Defensor de Familia elabore la demanda e inicie el Proceso Ejecutivo de Alimentos, que busca asegurar el pago de la deuda.
Cambios en la cuota alimentaria
La cuota alimentaria puede incrementarse o disminuirse si las circunstancias han cambiado y las necesidades del niño, niña o adolescente se han alterado, o si las condiciones económicas del padre o madre han cambiado. En cualquier caso, el valor de la cuota de alimentos siempre se puede discutir y modificar.
Cumplimiento de la cuota alimentaria en caso de pérdida de empleo o reducción de ingresos
En estos casos, el padre o madre obligado a cumplir con la cuota debe acudir al juez del domicilio donde se encuentre el niño, niña o adolescente y solicitar la revisión de la cuota, considerando sus ingresos reales y las necesidades mensuales del menor.
Cobro retroactivo de cuotas alimentarias impagadas
El pago de la cuota alimentaria se genera a partir del momento en el que se solicita y se fija o acuerda por las partes interesadas. Si la cuota pactada o fijada no se cumplió, se puede cobrar tanto el dinero adeudado como el interés legal contemplado en el Código Civil. Mientras no esté fijada la cuota, no se podrá cobrar hasta el momento en que se solicite.
¿Cuánto se debe pagar en caso de ganar el salario mínimo?
La ley establece que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50% del salario mensual, distribuida proporcionalmente entre los hijos del obligado a pagarla. La cuota alimentaria incluye no solo alimentos, sino también vivienda, educación, salud, vestuario, recreación, transporte y todo lo necesario para el desarrollo integral del menor.